Santa Eulalia de Mérida |
Amigos aquí les traigo la segunda parte de el aporte anterior, continuando así nuestro hermoso recorrido por la historia y a través del tiempo.
LA FUNDACIÓN DE LA CIUDAD DE CHIHUAHUA.
La verdadera historia de la fundación de la capital del Estado es la siguiente: un vaquero que vivía en el pueblo de Nombre de Dios, fundado en 1697 con indios de la tribu de los Conchos por los Misioneros franciscanos Fr. Gerónimo Martínez y Fr. Alonso Briones, había salido a la sierra inmediata a la hacienda de Tabalaopa en busca de unas bestias y tropezó con una rica veta mineral. Trajo unas muestras que fueron ensayadas, obteniéndose muy buena ley de plata y fué denunciada enseguida por Bartolomé Gómez, español y vecino del Real de Santa Rosa de Cusihuiriachi, el día 4 de noviembre de 1702, ante el Capitán Blas Cano de los Ríos, Teniente de Alcalde Mayor del expresado pueblo de Nombre de Dios. La veta se encontraba situada en un cerro que llamaron de San Pedro de Alcántara, siendo éste probablemente el origen del Mineral del Cobre.
Poco tiempo después se descubrió una nueva veta en la serranía situada al Oriente de la mencionada Hacienda de Tabalaopa, que fué denunciada ante el alcalde Mayor de San Diego de Minas Nuevas, a donde correspondía la jurisdicción, la que dio origen al Mineral de Santa Eulalia de Chihuahua. Hasta la fecha no he podido localizar el primer denuncio en los archivos oficiales; pero en cambio tropecé con los dos siguientes que corresponden al año de 1707 en que ocurrió el descubrimiento:
"En 28 de febrero de 1707 años, ante mi, Antonio de Montes, teniente de Alcalde Mayor y Capitán de Guerra de esta jurisdicción se presentó el contenido: "Juan de Holguín, residente en esta jurisdicción, parezco ante V. M. como mejor haya lugar en derecho y al mío convenga y digo que registro una mina de plata y plomo, la cual está en el nuevo descubrimiento de Santa Eulalia , y dicha veta y venero se halla al hilo de una mina que trabaja Nicolás de Cortés, delante de una estaca que trabaja Pedro María Galaz, en una barranca que cae hacia la parte de Tabalaopa, por lo cual y más necesario, a V. M. pido y suplico haya y de por registrada dicha mina en conformidad de Reales Ordenanzas que juro en debida forma no ser de malicia este registro y lo necesario. Juan de Holguín. Firmado".-Y por mí visto lo hube por registrado y presentado, la dicha mina en conformidad de Reales Ordenanzas de S. M., sin prejuicio que mejor derecho tenga. Así lo proveí, mandé y firmé con los testigos de mi asistencia infrascritos, actuando como Juez Receptor por no haber Escribano Público ni Real. Doy fe. Antonio de Montes, Juez Receptor. Isidro Mauriño. A ruego y por testigo, Alfonso Soto".
"Santa Eulalia y diciembre 19 de 1707 años. Ante mí el Capitán Antonio de Montes, Teniente de Justicia Mayor y Capitán de Guerra de esta jurisdicción, se presentó el contenido: "El Sargento Mayor Don Juan Antonio de Trasviña y Retes, residente en este nuevo descubrimiento de Santa Eulalia, vecino y minero del Real de Santa Rosa de Cusihuiriáchi, en nombre y con poder que con la debida solemnidad presento del Capitán Bartolomé Ortiz de Campos, vecino y minero de dicho Real de Santa Rosa de Cusihuiriáchi, parezco ante V. M. y premisas de solemnidades del derecho, registro por dicha mi parte, en conformidad de Reales Ordenanzas de S. M., una veta virgen en la barranca de estas minas en el cerro de la mina de Nicolás Cortés y por cuadras de la mina de Alonso de Irigoyen en una bufita que está arriba del arroyo enfrente del camino por donde salen las recuas a la barranca donde están unos crestones y rebosaderos de metal arrimados a dicha bufita y un tascal pequeño; que al parecer corre la veta de oriente a poniente y la registro por de oro, plata o lo que Dios fuere servido de dar en ella y le pongo por nombre San Antonio de Padua.-Por lo cual a V. M. pido y suplico haya por registrada dicha mina y todos cualesquiera catas y escarbaderos que puedan damnificarse al dicho mi parte; en cuyo nombre pido a V. M. se sirva mandar se me devuelva este pedimento original para título y derecho de mi parte, en que recibiré merced y juro en ánimo de mi parte ser este pedimento ajeno de malicia y solo para el aumento de los reales haberes y en lo necesario. Juan Antonio Trasviña y Retes".
* Tomado del libro Chihuahua Ciudad Prócer, publicado por la Universidad Autónoma de Chihuahua 1959, y de wikipedia.
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Consulten en el siguiente vinculo para mayor información acerca de
Francisco R. Almada, http://es.wikipedia.org/wiki/Francisco_R._Almada
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